Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157
Las sociedades civiles y mercantiles se constituyen para emprender negocios de distinta naturaleza, por ejemplo, compraventa de mercancías, prestación de servicios, constructoras, etc. Al constituir una sociedad civil o mercantil tenemos varias ventajas: establecer legalmente los derechos y obligaciones de los socios o accionistas; proyectar una imagen seria, formal y profesional de su negocio o emprendimiento; crear un escudo para proteger su patrimonio personal; acceso más fácil a créditos en instituciones financieras; y, evitar que sus socios tomen decisiones unilaterales que afecten al negocio.
Para constituir una SOCIEDAD CIVIL DE HECHO no hay límite de capital mínimo, y el trámite es ante Notario Público y Registro Mercantil.
Para una Sociedad Anónima el capital mínimo requerido es de $ 800 dólares y para una Compañía Limitada es de $ 400 dólares, el trámite es ante Notario Público y la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
En todas estas sociedades civiles y mercantiles se puede comenzar con dos socios y el trámite demora aproximadamente 3 semanas.
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Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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