viernes, 25 de agosto de 2023

¿QUÉ SON DERECHOS IRRENUNCIABLES EN ECUADOR?


Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

¿Qué se entiende por derecho irrenunciable?

Un derecho se considera irrenunciable cuando la Ley expresamente determina que su titular (es decir el beneficiario del derecho) no puede renunciar al mismo, bajo pena de nulidad en caso de hacerlo.

Esto se debe a que, existen ciertos derechos que dada su naturaleza especial son de carácter IRRENUNCIABLE, es decir que su renuncia es imposible o está prohibida por la Ley; de tal manera que, si alguien renuncia a esos derechos o hace renunciar a otros a los suyos, conscientes o no, dicho acto o contrato es nulo y de ningún valor jurídico.

¿Cuáles son los derechos irrenunciables en Ecuador?

Son DERECHOS IRRENUNCIABLES:

·        Los derechos humanos

·        Los derechos constitucionales

·        Los derechos de los menores

·        Los derechos de los trabajadores

·        Los derechos de los inquilinos

·        Los derechos de los consumidores

·        El derecho a la seguridad social

¿Qué diferencia existe entre renunciar y transigir?

La renuncia de un derecho significa desistir de su aceptación y/o ejecución práctica, mientras que transigir un derecho significa llegar a un acuerdo y obtener una compensación que resulte satisfactoria para ambas partes. No es lo mismo de ninguna manera. En la renuncia de un derecho, el titular del mismo simplemente se limitar a desistir sin más nada, en cambio al transigir acepta que tiene un derecho y lo ejerce llegando a un acuerdo transaccional con la contraparte.

Sin embargo, la línea que separa renunciar un derecho con transigir un derecho es muy delgada, por lo que habrá que tener cuidado al momento de interpretar y resolver un caso concreto.

Consejo final

Cuando se redacten actas de mediación, transaccionales, contratos, o se está en la fase de conciliación de una audiencia judicial, hay que tener muy en cuenta cuáles derechos son IRRENUNCIABLES; pues si se comete el error de querer hacer renunciar a otros de ciertos derechos suyos o renunciar a los propios, y la Ley taxativa y expresamente lo prohíbe, pues dichos documentos y diligencias adolecerán de nulidad, tal cual lo estipula el Código Civil en vigencia: “Art. 9. Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor;”.

Para asesoría legal personalizada sobre DERECHOS IRRENUNCIABLES puede contactarme al whatsapp 0998725157 o al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

viernes, 18 de agosto de 2023

¿CÓMO SE HACEN LOS TRÁMITES EN ECUADOR?

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

Un trámite es un conjunto de pasos que hay que seguir para obtener un resultado específico, una solución a un problema. Existen trámites administrativos, judiciales, notariales, de mediación/arbitraje y privados.

Cada trámite tiene sus propios requisitos, procedimientos y autoridad competente ante la cual se debe desarrollar.

¿Qué es un trámite administrativo?

El trámite administrativo corresponde al que se lo realiza ante autoridades públicas NO judiciales, tales como el Gobierno Nacional, las Prefecturas, los Municipios, el Registro Civil, Registro Mercantil, Registro de la Propiedad, Agencias de Tránsito, Cuerpo de Bomberos, etc.

Es decir, todo aquello que contempla la administración pública. Su base central es el DERECHO DE QUEJA Y/O PETICIÓN.

¿Qué es un trámite judicial?

El trámite judicial se lo realiza única y exclusivamente ante AUTORIDADES JUDICIALES tales como jueces de familia, laborales, de garantías penales, constitucionales, etc.

El eje del trámite judicial está constituido por dos pilares: la demanda/denuncia y la audiencia.

¿Qué es un trámite notarial?

El trámite notarial se lo realiza ante un Notario Público, previo reunir los requisitos de Ley. Sirve para certificar, protocolizar y/o dar forma y validez legal a los actos, contratos y declaraciones de voluntad de los ciudadanos en su relaciones civiles y negocios.

¿Qué es un trámite de mediación y/o arbitraje?

El trámite de mediación y/o arbitraje es una forma autorizada por la Constitución para resolver conflictos de forma extrajudicial, recurriendo las partes ante un tercero neutral, bajo las condiciones y requisitos de Ley.

El eje central de este tipo de trámites constituye la voluntariedad de las partes para mediar y, además, hacerlo ante un Centro de Mediación y Arbitraje debidamente autorizado.

¿Qué es un trámite privado?

El trámite privado es aquel que se lo realiza ante una INSTITUCIÓN Y AUTORIDAD PRIVADA, por ejemplo, un pedido de recalificación de examen de grado ante el Rector de un centro de estudios superiores que sea privado. 


¿Quién realiza los trámites?

Los trámites, en general, deberán ser impulsados por la parte interesada. La parte interesada puede ser una persona natural, una persona jurídica, un colectivo social o una comunidad entera.

Para la precisión legal y celeridad de cada trámite se deberá contar con el patrocinio de un abogado.

Para asesoría legal personalizada sobre TRÁMITES EN ECUADOR puede contactarme al whatsapp 0998725157 o al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

martes, 15 de agosto de 2023

¿QUÉ ES EL DERECHO DE PETICIÓN EN ECUADOR?

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

El derecho de petición corresponde a los derechos constitucionales de libertad, positivado en el Art. 66, numeral 23 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho de petición permite a los ciudadanos, ya sea de forma individual o colectiva, dirigir quejas y peticiones a las autoridades públicas y privadas, y a recibir respuestas de forma oportuna y motivada.

El derecho de petición se puede ejercer con o sin el patrocinio de un profesional del derecho, sin embargo, para GARANTIZAR que la queja y/o petición sean aceptadas es recomendable que un abogado asesore el ejercicio del derecho de petición.

¿Qué dice el Art. 66, numeral 23 de la Constitución?

“El derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas. No se podrá dirigir peticiones a nombre del pueblo.”

¿Cómo se ejerce el derecho de petición?

Para ejercer el derecho de petición, la o las personas interesadas deberán elaborar la petición que deberá contener en términos generales:

·        Ciudad y fecha

·        Autoridad a la que va dirigida

·        Antecedentes

·        Exposición de motivos

·        Petición

·        Base legal

·        Designación del lugar para las notificaciones

·        Suscripción de los comparecientes

El derecho de petición está infravalorado por los profesionales del derecho y subutilizado por la ciudadanía en general. El derecho de petición es MUY IMPORTANTE Y DE GRAN UTILIDAD si se lo sabe ejercer de forma objetiva, oportuna y concreta.

Para asesoría legal personalizada sobre DERECHO DE PETICIÓN u otros temas puede contactarme al whatsapp 0998725157 o al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

CURADURÍA ESPECIAL

Por: Abg. Nicolás Gualle - 0998725157 Cuando una persona ejerce la patria potestad sobre sus hijos y decide casarse o volverse a casar (...