domingo, 10 de septiembre de 2023

COBRAR UNA LETRA DE CAMBIO EN ECUADOR


Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

¿Qué es una Letra de Cambio?

La Letra de Cambio es un documento mercantil mediante el cual un acreedor (o prestamista) extiende una orden de pago a su deudor, quien deberá hacerla efectiva (pagarla) en una fecha y en un lugar determinados.

¿Cómo puedo cobrar una letra de cambio en el Ecuador?

El cobro de una Letra de Cambio requiere profundo conocimiento legal y, además, la destreza procedimental por parte del profesional del derecho que se encuentre patrocinando la causa.

De esta forma evitamos que el juzgador inadmita la demanda, o que se pierda el juicio de cobro. Adicionalmente, nos aseguramos de que se pueda ejecutar la sentencia (en caso de ser favorable) y tener de dónde cobrar la deuda existente.

¿Puedo solicitar la prisión del deudor de la Letra de Cambio si no me paga?

No, porque no existe prisión por deudas. Ninguna persona puede ser privada de su libertad por deudas, costas, multas, tributos, ni otras obligaciones, excepto el caso de pensiones alimenticias. Art. 66, numeral 29, literal ‘c’ de la Constitución de la República del Ecuador.

¿Cuál es el plazo para iniciar acciones legales para el cobro de la Letra de Cambio?

La acción de cobro de la letra de cambio prescribe en tres años contados a partir de la fecha de su vencimiento, Art. 479 Código de Comercio.

¿Qué datos debe contener la Letra de Cambio para estar elaborada conforme a derecho?

-Partes de la Letra de Cambio conforme a derecho

·        la denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para su redacción.  Las letras de cambio que no lleven la referida denominación serán, sin embargo, válidas, si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden;

·        la orden incondicional de pagar una cantidad determinada (en letras y números)

·        el nombre de la persona que debe pagar (librado o girado)

·        la indicación del vencimiento

·        el lugar donde debe efectuarse el pago

·        el nombre de la persona a quien debe efectuarse el pago

·        fecha y lugar en que se gira la letra

·        la firma de la persona que la emita (librador o girador)

¿Puedo ceder el cobro de mi Letra de Cambio?

La cesión de derechos como los créditos personales en el caso de las Letras de Cambio, NO se rige por el Código Civil, sino exclusivamente por el Código de Comercio y otras leyes especiales.

Además, tener en cuenta que las letras de cambio son transmisibles por vía de endoso. Arts. 410 y 419 Código de Comercio

¿Qué es un Juicio ejecutivo?

Para emprender acciones judiciales, la deuda contenida en la Letra de Cambio debe ser clara, pura, determinada, actualmente exigible, y además que sea líquida o liquidable mediante operación aritmética.

El juicio de cobranza se sustancia en general por medio del procedimiento ejecutivo contemplado en los Arts. 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos.

¿De qué sirve protocolizar una la Letra de Cambio?

Para evitar la pérdida o destrucción de la Letra de Cambio, se puede proceder a su protocolización en una Notaría Pública. De esta manera, cuando un documento se protocoliza ante notario se le confiere el carácter de 'fecha cierta' del mismo y un lugar seguro donde reposa una copia certificada. Posteriormente el solicitante podrá pedir cuantas copias certificadas del mismo requiera, copias que tendrán igual valor legal que el original.

¿Puedo pedir medidas cautelares para garantizar el pago de una Letra de Cambio?

Para garantizar el pago de la deuda se podrá solicitar al Juzgador que ordene, mediante providencias preventivas, las respectivas medidas cautelares sobre los bienes del deudor.

Si requiere asesoría legal sobre la LETRA DE CAMBIO u otros asuntos, estamos prestos a servirle, puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com; al whatsapp: 0998725157, o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

miércoles, 30 de agosto de 2023

REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES Y DIFERENCIAS

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

¿Qué es la regularización de un predio?

Un predio puede tener problemas con los linderos y superficie, por ejemplo, porque hace décadas los terrenos se medían de forma empírica mientras que ahora se lo realiza con planimetrías geo-referenciadas UTM, WGS84, entre otras posibles causas.

Para solucionar dichos excedentes y/o diferencias, siempre y cuando no exista una Litis de por medio, la ciudadanía puede impulsar un trámite administrativo en el gobierno autónomo descentralizado municipal respectivo.

Este trámite administrativo se conoce como REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES Y DIFERENCIAS y es muy importante llevarlo a cabo si se desea transferir la propiedad a otra persona, ya sea mediante compraventa, donación, etc., o realizar otros trámites como constitución de hipotecas, usufructos…

Base legal del trámite

COOTAD, Art. 481, inciso quinto

“Por excedentes o diferencias se entenderán todas aquéllas superficies de  terreno  que excedan  del área  original  que  conste  en  el  respectivo  título  y  que  se  determinen  al efectuar una  medición municipal por cualquier causa o que resulten como diferencia entre una medición anterior y la última practicada,  bien  sea  por  errores  de  cálculo  o  de  medidas.  Estos excedentes o  diferencias  se adjudicarán al propietario del lote que ha sido mal medido cobrándole el precio de mercado.”

Requisitos cantón Quito:

·                            Formulario de Regularización de Excedentes o diferencia de áreas de terreno

·                            Copia de la Escritura Registrada

·                            Certificado de Gravámenes/ de Ventas

·                            Levantamiento Planimétrico Geo-referenciado con Coordenadas TMQUITO WGS 84

·                            Copias de cédula y papeleta de votación del propietario

·                            En caso de que el Inmueble colinde con una quebrada, el levantamiento Planimétrico debe contener la implantación del borde de quebrada realizada por la Dirección Metropolitana de Catastros

Requisitos cantón Riobamba:

·        Formulario FRM-RED-023

·        Copia de cédula y papeleta de votación del propietario; nombramiento en el caso de comparecer como representante de personas jurídicas; y, original o copia del respectivo poder tratándose de mandatarios

·        Certificado de Gravamen actualizado con historial de dominio

·        Copia de la escritura o título de propiedad

·        Declaración Juramentada de no tener litigio de dominio ni de afectar a propiedad municipal ni de terceros

·        Copia del pago de impuesto predial actualizado

·        Certificado de No adeudar al GADM-R original

·        Planimetría geo-referenciada en coordenadas UTM WGS84, zona 17 latitud sur, suscrita por un profesional de arquitectura, ingeniería civil, en la que consten: linderos anteriores y actuales, dimensiones legibles, cuadro de linderos, cuadro de coordenadas

·        En el caso de predios que tengan una superficie igual o superior a diez mil metros cuadrados (10.000 m2), para la elaboración de la planimetría se utilizará equipos de precisión, fotografías a color del predio que permitirán identificar los linderos (mínimo 4)

·        Archivo digital de la planimetría (CD)

·        Pago de la tasa (Servicios Administrativos)

Procedimiento general del trámite administrativo de REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES Y DIFERENCIAS:

-El peticionario deberá reunir todos los requisitos establecidos por Ley

-Presentarlos junto a los formularios respectivos de cada municipalidad

-El trámite deberá pasar por varios departamentos municipales como avalúos y catastros, jurídico, entre otros; la parte interesada o su abogado son quienes deben realizar el impulso procedimental

-Se realizará una inspección administrativa al bien inmueble

-De ser aprobado, se emitirá informe favorable

-Dicha resolución deberá ser protocolizada en una Notaría Pública

-Finalmente, estos documentos deberán registrarse en el Registro de la Propiedad del cantón respectivo

Aclaración importante:

Algunos documentos y comparecencias requieren la firma y/o presencia de un abogado patrocinador, por tema de conocimientos legales y celeridad del trámite.

Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

CURADURÍA ESPECIAL

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